Se trata de Inspección Técnica de Edificios, un control que es obligatorio realizar a los edificios de cierta antigüedad dentro de algunos municipios y de forma periódica.
Un técnico facultativo o entidad homologada, en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para tal fin, inscrito en el colegio oficial (arquitecto, arquitecto técnico).
Edificios (de ciudades con más de 25.000 habitantes) con una antigüedad superior a 30 años (ITE) o 50 años (IEE edificios viviendas), de forma periódica cada diez años, y presentado antes del 31 de diciembre del año que corresponda.
Para la solicitud de ayudas de rehabilitación cuando la CCAA lo exija.
El precio podrá variar según la superficie del edificio y la tipología del informe. Nosotros
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Transcurrido el plazo adicional para la presentación de la documentación y, persistiendo en el incumplimiento, el órgano podrá imponer hasta tres multas de 1.000, 2.000 y 3.000€.
Ambas consisten en la inspección de edificios, pero existen diferencias:
- El IEE es exclusivo de edificios residenciales colectivos (salvo edificios que pretendan solicitar ayudas públicas).
- La ITE es obligatoria a partir de los 30 años del edificio mientras que la IEE a partir de los 50.
- En la IEE se describe todos los elementos que componen el edificio, independientemente de que existan anomalías.
- El IEE analiza, valora y propone mejoras de accesibilidad.
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